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Las financieras no pueden cobrar los plazos de un tratamiento dental que no se llegó a prestar.

Patrícia Esteban 27/6/2018. cinco Días

La Audiencia de Barcelona da la razón a una mujer a la que reclamaban 4.500 euros. Los créditos vinculados al consumo pierden validez si no se presta el servicio contratado.

Los préstamos concedidos para financiar una compra o la prestación de un servicio, como, por ejemplo, un tratamiento dental, no son independientes del contrato principal. Si este no se lleva a cabo, desaparece también la obligación del consumidor de hacer frente al pago de las cuotas, máxime cuando no recibió directamente el dinero del préstamo.

Este es el argumento en el que se apoya la Audiencia Provincial de Barcelona en una reciente sentencia (accede aquí al texto) para dar la razón a una mujer a la que la entidad que había financiado su tratamiento dental exigía la devolución del préstamo, un total de 4.470 euros.

Bansabadell Fincom S.A. demandó a la mujer reclamándole el pago del préstamo que le había concedido para financiar un tratamiento dental por importe de 4.470 euros, con un plazo de amortización de 60 meses. La entidad exigía el pago de las cuotas vencidas que la mujer había dejado de pagar, un total de 34, con gastos e intereses.

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